The text below is copied word for word from Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Índice Legislativo (asamblea.gob.sv), as it read on 19 October 2026.
Todo trabajador, para tener derecho a vacaciones, deberá acreditar un mínimo de doscientos días trabajados en el año, aunque en el contrato respectivo no se le exija trabajar todos los días de la semana, ni se le exija trabajar en cada día el máximo de horas ordinarias.
This is the text of Código de Trabajo as it stood on 19 October 2026 (checked by Omnikit on 19 October 2026). It may have changed since; the current text is at Asamblea Legislativa, Leyes y Decretos.
Fuente: Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Código de Trabajo, edición consolidada del Índice Legislativo (asamblea.gob.sv). Texto reproducido sin modificación.
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