Recibo de honorarios: IVA 16%, ISR 10% y 2/3 del IVA retenidos, o los honorarios para un neto
Solo estimaciones, no asesoramiento financiero. Lo que escribe se queda en su dispositivo. Comprobado el 20 de octubre de 2026.Sobre honorarios de 10,000 pesos facturados a una empresa en México, la factura suma 1,600 pesos de IVA, y la empresa retiene 1,000 pesos de ISR (10%) y 1,066.67 pesos de IVA (dos terceras partes), así que el profesionista recibe 9,533.33 pesos. En RESICO la retención de ISR baja a 1.25%, 125 pesos.
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2026 · Tarifas y normas leídas en las fuentes indicadas en esta página (la más antigua, el 20 de octubre de 2026); pueden haber cambiado desde entonces.
Elija si escribe los honorarios o el neto que quiere recibir.
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Elija su régimen (general o RESICO) y si el cliente es una empresa o una persona.
Lea el IVA, el ISR y el IVA retenidos, y lo que recibe.
Esta calculadora desglosa un recibo de honorarios en México renglón por renglón: el IVA del 16%, el impuesto sobre la renta y el IVA que retiene un cliente que es empresa, y lo que el profesionista recibe en realidad. También calcula al revés, del neto que usted quiere a los honorarios que debe facturar.
IVA. El artículo 1 de la Ley del IVA grava los servicios independientes al 16%, que se suma a los honorarios. Algunos servicios están exentos, como muchos servicios médicos; apague el IVA para ellos.
ISR retenido. Cuando una persona física presta servicios profesionales a una empresa (persona moral), la empresa retiene 10% de los honorarios como pago provisional, sin deducción alguna (artículo 106 de la Ley del ISR). Si la persona física tributa en RESICO, la retención es de 1.25% de los honorarios antes de IVA (artículo 113-J). El ISR retenido se acredita contra el pago mensual del propio profesionista.
IVA retenido. El artículo 1o.-A de la Ley del IVA obliga a las empresas a retener el IVA de los servicios de personas físicas, y el artículo 3 de su reglamento reduce la retención a dos terceras partes del IVA: 10.6667% de los honorarios. El cliente lo entera al SAT por usted.
La fórmula. Recibido = honorarios + IVA − ISR retenido − IVA retenido. Para un neto, honorarios = neto ÷ (1 + 16% − tasa de ISR − 10.6667%), así que un neto de 9,533.33 pesos requiere honorarios de 10,000.
Clientes que son personas. Una persona física que lo contrata no retiene y paga la factura completa con IVA.
Lo que no incluye. El IVA del 8% en las regiones fronterizas norte y sur, su propio ISR mensual y los impuestos estatales sobre ingresos profesionales.
Fuentes. Los textos de ley publicados en gob.mx, leídos el 20 de octubre de 2026; los sitios del SAT y del DOF no respondieron ese día, así que no pudieron revisarse reformas posteriores. Las cifras son estimaciones, no asesoría fiscal. Todo se calcula en su navegador.
Cuando el cliente es una empresa, retiene 10% de los honorarios como ISR y dos terceras partes del IVA, que son 10.6667% de los honorarios. Sobre 10,000 pesos más 1,600 de IVA, las retenciones son 1,000 y 1,066.67 pesos, y el profesionista recibe 9,533.33 pesos.
El artículo 1o.-A de la Ley del IVA obliga a las empresas a retener el IVA de los servicios de personas físicas y permite que el reglamento fije una cantidad menor. El artículo 3 del Reglamento de la Ley del IVA la fija en dos terceras partes del IVA para servicios personales independientes, comisiones y arrendamiento.
Una empresa que paga a una persona física que tributa en RESICO retiene 1.25% del pago antes de IVA, según el artículo 113-J de la Ley del ISR, en lugar del 10% del régimen general. Sobre honorarios de 10,000 pesos son 125 pesos, y el profesionista recibe 10,408.33 pesos.
No. Las obligaciones de retener del artículo 106 de la Ley del ISR y del artículo 1o.-A de la Ley del IVA son de las empresas (personas morales). Un cliente persona física paga los honorarios más el 16% de IVA completos, y el profesionista paga el impuesto en sus propias declaraciones.
Divida el neto entre lo que deja un peso de honorarios: 1 más 16% de IVA menos la tasa de ISR menos 10.6667% de IVA retenido. Para un cliente empresa en el régimen general es 0.953333, así que un neto de 9,533.33 pesos requiere honorarios de 10,000 pesos.
No. El ISR retenido es un pago provisional hecho por usted: lo resta del ISR mensual que calcula usted mismo, y la empresa le entrega un CFDI que lo muestra. El IVA retenido lo entera al SAT la empresa y cuenta como IVA que usted ya pagó.
Los tipos y las normas cambian; consulte la fuente antes de fiarse de una cifra.
¿Sigue sin resolverlo? Pregunte sobre Calculadora de retención de honorarios ISR e IVA y cualquiera que lo sepa puede responder. No se necesita cuenta.