Días de vacaciones causados en Colombia (15 por año), los días pendientes y su valor en pesos
Solo estimaciones, no asesoramiento financiero. Lo que escribe se queda en su dispositivo. Comprobado el 17 de octubre de 2026.El Código Sustantivo del Trabajo de Colombia da 15 días hábiles de vacaciones pagadas por cada año de servicio, causados en proporción al tiempo trabajado. Cuente 15 días por cada 360 días trabajados y valore cada uno con el salario mensual dividido entre 30: 10 días pendientes con un salario de 3,000,000 pesos valen 1,000,000 pesos.
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2026 · Tarifas y normas leídas en Código Sustantivo del Trabajo, arts. 186, 189, 190 and 192 (MinTIC normograma compilation) el 17 de octubre de 2026; pueden haber cambiado desde entonces.
Escriba el salario ordinario mensual (para salario variable, el promedio del último año).
Ingrese la fecha de inicio del trabajo y la fecha hasta la que cuenta: hoy, o el último día si el trabajo termina.
Ingrese los días de vacaciones ya disfrutados.
Lea los días causados, los días pendientes y su valor a salario ÷ 30 por día.
Esta calculadora cuenta las vacaciones que un trabajador en Colombia ha causado y aún debe disfrutar, y lo que valen esos días, según el Código Sustantivo del Trabajo en la compilación jurídica oficial del Ministerio de las TIC.
Los días. El artículo 186 da 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas después de un año de servicio. La calculadora cuenta el tiempo trabajado como en la nómina, en meses de 30 días y años de 360, así que cada 360 días causan 15 días y cada día trabajado suma 15 / 360 de un día. Reste los días ya disfrutados y el resto sigue pendiente.
El pago. El artículo 192 paga las vacaciones con el salario ordinario del día en que comienzan, sin el pago por trabajo en días de descanso ni las horas extras. Para un salario variable use el promedio del año anterior. Cada día vale el salario mensual dividido entre 30. El auxilio de transporte no es salario y no cuenta.
Dinero en lugar de descanso. Mientras el trabajo continúa, el artículo 189 permite pagar en dinero hasta la mitad de las vacaciones si el trabajador lo pide y ambos lo firman. Cuando el contrato termina, la Ley 995 de 2005 paga todas las vacaciones no disfrutadas, en proporción al tiempo trabajado, con el último salario.
Un ejemplo. Un salario de 3,000,000 pesos del 1 de febrero de 2025 al 30 de septiembre de 2026 son 600 días en la cuenta de 30 días, que causan 25 días de vacaciones. Con 15 días disfrutados quedan 10 pendientes, que valen 10 × 100,000 = 1,000,000 pesos.
Disfrutarlas. El artículo 190 pide al menos 6 días hábiles de descanso cada año; el resto puede acumularse hasta por dos años de común acuerdo.
Al dejar el trabajo. La liquidación final completa, con la prima, las cesantías, los intereses, las vacaciones y la indemnización si la hay, está en la calculadora de liquidación de Colombia (Colombia Final Settlement Calculator).
No incluido. Los 15 días especiales por cada 6 meses para trabajos con tuberculosis y rayos X, las suspensiones que no cuentan como tiempo trabajado y la fecha de regreso, que salta domingos y festivos.
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El artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo da 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicio. Los días se causan en proporción al tiempo trabajado, así que seis meses de trabajo causan 7.5 días, y las vacaciones se cuentan en días hábiles, no en días calendario.
Multiplique los días pendientes por el salario ordinario mensual dividido entre 30. El artículo 192 toma el salario del día en que empiezan las vacaciones y excluye las horas extras y el pago por trabajo en días de descanso; un salario variable usa el promedio del año anterior. Diez días con 3,000,000 pesos son 1,000,000 pesos.
Sí. La Ley 995 de 2005 dice que quienes terminan su contrato sin haber causado las vacaciones de un año completo reciben compensación en dinero en proporción al tiempo efectivamente trabajado. Los días causados en años anteriores y nunca disfrutados también se pagan, todo con el último salario, como dice el artículo 189.
Solo hasta la mitad. El artículo 189 permite que empleador y trabajador acuerden por escrito, a petición del trabajador, pagar en dinero hasta la mitad de las vacaciones. La otra mitad debe disfrutarse como descanso, y el artículo 190 exige al menos 6 días hábiles de descanso cada año.
En parte. El artículo 190 dice que al menos 6 días hábiles continuos deben disfrutarse cada año y no son acumulables; los días restantes pueden acumularse hasta por dos años de común acuerdo, o cuatro años para trabajadores técnicos, especializados, de confianza o de manejo y extranjeros que trabajan lejos de su familia.
No. El auxilio de transporte no es salario, así que las vacaciones se valoran solo con el salario ordinario. La Ley 1 de 1963 suma el auxilio solo a la base de las prestaciones sociales, la prima y las cesantías, que calcula la calculadora de prima y cesantías de Colombia (Colombia Prima and Cesantías Calculator).
Los tipos y las normas cambian; consulte la fuente antes de fiarse de una cifra.
¿Sigue sin resolverlo? Pregunte sobre Calculadora de vacaciones Colombia y cualquiera que lo sepa puede responder. No se necesita cuenta.