Su parte del 15% de utilidades en Ecuador: 10% por días trabajados, 5% por cargas familiares
Solo estimaciones, no asesoramiento financiero. Lo que escribe se queda en su dispositivo. Comprobado el 19 de octubre de 2026.En Ecuador los trabajadores reparten el 15% de las utilidades de la empresa según el artículo 97 del Código del Trabajo. Con $200,000 de utilidad y 20 trabajadores que trabajaron todo el año con 30 cargas entre ellos, un trabajador con 2 cargas recibe $1,000 del 10% y $666.67 del 5%: $1,666.67.
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2026 · Tarifas y normas leídas en Código del Trabajo del Ecuador, art. 97-105 (consolidated text, last reform 18 Apr 2022, Corte Constitucional) el 19 de octubre de 2026; pueden haber cambiado desde entonces.
Escriba la utilidad líquida de la empresa sobre la que se calcula el 15%, en dólares.
Ingrese el número de trabajadores y sus cargas familiares, o los totales exactos del informe de la empresa.
Ingrese los días que trabajó en el año y sus propias cargas familiares.
Lea su parte del 10%, su parte del 5% y el total, que se paga hasta mediados de abril.
Esta calculadora calcula la parte de un trabajador en la participación de trabajadores en las utilidades, el 15% de la utilidad de una empresa que la ley ecuatoriana entrega cada año a sus trabajadores.
El 10%. El artículo 97 divide el 10% de la utilidad entre todos los trabajadores sin consideración a sus remuneraciones. Quien no trabajó el año completo recibe la parte proporcional al tiempo de servicios, así que la calculadora reparte el 10% por días trabajados: sus días sobre los días de todos los trabajadores juntos.
El 5%. El 5% restante va a los trabajadores en proporción a sus cargas familiares: cónyuge o conviviente, hijos menores de 18 años e hijos con discapacidad de cualquier edad, acreditados ante el empleador. La calculadora pondera cada carga también por los días trabajados: sus días por sus cargas sobre el mismo producto sumado para todos los trabajadores.
Los datos de la empresa. Cuando todos trabajaron el año completo, basta el número de trabajadores y las cargas de todos ellos. Cuando hubo ingresos o salidas durante el año, cambie a los totales exactos del informe de utilidades de la empresa.
La base y las fechas. La base es la utilidad líquida de la declaración del impuesto a la renta de la empresa (artículo 104). La empresa liquida las utilidades hasta el 31 de marzo y paga a cada trabajador dentro de los 15 días siguientes (artículo 105). No se consideran remuneración para los aportes al IESS ni para el fondo de reserva (artículo 102). El tope de 24 salarios básicos agregado en 2015 fue declarado inconstitucional desde el período fiscal 2017 y no se aplica.
Lo que no incluye. Los trabajadores cuyos sobresueldos ya igualan la participación (artículo 98), las empresas de actividades complementarias (artículo 100) y el impuesto a la renta sobre el pago.
Las cifras son estimaciones, no asesoría legal. Todo funciona en su navegador; nada de lo que escribe se envía a ninguna parte.
El artículo 97 del Código del Trabajo da a los trabajadores el 15% de la utilidad de la empresa. El 10% se divide entre todos en proporción al tiempo trabajado, sin importar el sueldo; el 5% en proporción a sus cargas familiares. Su parte es el 10% por sus días sobre los días de todos, más el 5% ponderado por días y cargas.
Los trabajadores reciben $30,000: $20,000 del 10% y $10,000 del 5%. Con 20 trabajadores que trabajaron todo el año y 30 cargas entre ellos, un año completo vale $1,000 del 10% y cada carga $333.33 del 5%, así que un trabajador con 2 cargas recibe $1,666.67.
Sí. El artículo 97 dice que quienes no trabajaron el año completo reciben la parte proporcional a su tiempo de servicios. Seis meses de un año completo son la mitad del 10%; con $200,000 de utilidad y 20 trabajadores, 182 días valen $498.63 en lugar de $1,000.
El artículo 97 cuenta al cónyuge o conviviente en unión de hecho, a los hijos menores de dieciocho años y a los hijos con discapacidad de cualquier edad, acreditados por el trabajador ante el empleador. Un trabajador sin cargas no recibe nada del 5%, solo su parte del 10%.
El artículo 105 obliga al empleador a liquidar las utilidades hasta el 31 de marzo de cada año y a pagar la parte de cada trabajador dentro de los quince días siguientes a esa liquidación, es decir hasta mediados de abril. Luego el empleador envía la prueba del pago a la autoridad del trabajo, bajo pena de multa.
Ya no. Una reforma de 2015 limitó las utilidades a 24 salarios básicos, pero la Corte Constitucional la declaró inconstitucional en la sentencia 002-18-SIN-CC, con efecto desde el período fiscal 2017. El Código del Trabajo consolidado indica que el tope no puede invocarse, así que la calculadora no aplica ninguno.
Los tipos y las normas cambian; consulte la fuente antes de fiarse de una cifra.
¿Sigue sin resolverlo? Pregunte sobre Calculadora de utilidades Ecuador y cualquiera que lo sepa puede responder. No se necesita cuenta.