Retención mensual de quinta categoría en Perú: aumentos, ingreso a mitad de año y otro empleador
Solo estimaciones, no asesoramiento financiero. Lo que escribe se queda en su dispositivo. Comprobado el 17 de octubre de 2026.Un trabajador en Perú que gana S/ 5,000 al mes todo el año paga S/ 2,886 de renta de quinta categoría en 2026, retenidos como S/ 240.50 cada mes. El empleador proyecta S/ 70,900 de ingresos con ambas gratificaciones, resta 7 UIT (S/ 38,500) y aplica 8% y 14% al resto.
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2026 · Tarifas y normas leídas en las fuentes indicadas en esta página (la más antigua, el 17 de octubre de 2026); pueden haber cambiado desde entonces.
Escriba la remuneración mensual en soles, o toque uno de los sueldos de ejemplo.
Elija el mes en que empezó el trabajo este año y agregue un aumento si el sueldo cambia más adelante.
Agregue la remuneración y el impuesto de un empleador anterior de este año, si lo hubo; revise la UIT en las opciones.
Lea el impuesto del año y las doce retenciones, con la proyección y el divisor de cada mes.
Esta calculadora sigue el procedimiento mensual del empleador para el impuesto a la renta sobre los sueldos (renta de quinta categoría), establecido en los artículos 40 y 41 del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, y muestra la retención de cada mes de 2026.
La proyección. Cada mes el empleador multiplica la remuneración del mes por los meses que faltan para terminar el año, incluido el mes, y suma las gratificaciones del año y las remuneraciones ya percibidas. La calculadora cuenta las gratificaciones de julio y diciembre en proporción a los meses completos trabajados en cada semestre, con la bonificación de EsSalud o EPS pagada sobre ellas.
El impuesto del año. A la proyección se le restan 7 UIT (S/ 38,500 con la UIT 2026 de S/ 5,500). La escala del artículo 53 cobra luego 8% hasta 5 UIT, 14% hasta 20 UIT, 17% hasta 35 UIT, 20% hasta 45 UIT y 30% por encima.
El divisor. De enero a marzo el impuesto del año se divide entre 12. En abril se deduce lo retenido de enero a marzo y se divide entre 9; de mayo a julio se deduce lo de enero a abril y se divide entre 8; en agosto se deduce lo de enero a julio y se divide entre 5; de setiembre a noviembre se deduce lo de enero a agosto y se divide entre 4. Diciembre toma lo que queda: el ajuste final.
Por qué cambia. Con un sueldo que nunca cambia, cada mes se retiene exactamente un doceavo. Un aumento, un trabajo que empieza después de enero o la remuneración de un empleador anterior este año mueven la proyección, y los meses siguientes se ponen al día. Para esos casos la tabla muestra la proyección, el impuesto y el divisor de cada mes.
Lo que no incluye. Los pagos extraordinarios como las utilidades, el promedio permitido para remuneraciones variables, las donaciones y las 3 UIT adicionales de gastos, que se recuperan en la declaración anual. Para el sueldo neto con AFP u ONP, use Peru Net Salary Calculator.
Las cifras son estimaciones, no asesoría tributaria. Todo funciona en su navegador; nada de lo que escribe se envía a ninguna parte.
El artículo 40 del Reglamento obliga al empleador a proyectar cada mes el ingreso del año: la remuneración del mes por los meses que faltan, más las gratificaciones y lo ya percibido. Se restan 7 UIT, la escala de 8% a 30% da el impuesto anual, y el impuesto menos las retenciones anteriores se divide entre 12, 9, 8, 5 o 4.
Con S/ 5,000 todo el año y EsSalud, la proyección es S/ 70,900: doce sueldos y dos gratificaciones de S/ 5,450 con la bonificación del 9%. Al restar 7 UIT (S/ 38,500) quedan S/ 32,400, gravados al 8% y 14%, lo que da S/ 2,886 al año, o S/ 240.50 cada mes.
Cada mes el empleador proyecta de nuevo el año y divide entre un número distinto: 12 de enero a marzo, 9 en abril, 8 de mayo a julio, 5 en agosto y 4 de setiembre a noviembre. Un aumento, un bono o un ingreso a mitad de año cambian la proyección, y los meses siguientes corrigen lo retenido antes.
El artículo 41 b) indica que el empleador tome como base la remuneración del mes de su incorporación. No se retiene nada por los meses anteriores; desde el primer mes la proyección cuenta los meses que faltan y las gratificaciones en proporción a los meses que trabajará, así que el impuesto del año se reparte en menos meses.
Sí. Según el artículo 41 c), el nuevo empleador suma las remuneraciones y retenciones acreditadas por los empleadores anteriores del mismo año. Sus remuneraciones elevan la proyección y por tanto el impuesto del año; el impuesto que retuvieron se deduce desde abril, cuando el procedimiento empieza a restar retenciones anteriores.
No hay impuesto cuando el ingreso proyectado del año no supera 7 UIT, S/ 38,500 en 2026. Con ambas gratificaciones y la bonificación del 9%, un año completo cuenta unos 14.18 sueldos, así que una remuneración mensual de hasta unos S/ 2,715 no paga renta de quinta categoría.
Los tipos y las normas cambian; consulte la fuente antes de fiarse de una cifra.
¿Sigue sin resolverlo? Pregunte sobre Calculadora de renta de quinta categoría Perú y cualquiera que lo sepa puede responder. No se necesita cuenta.