Horas extras en Chile: la hora con 50% de recargo según la fórmula de la DT para 42 horas semanales
Solo estimaciones, no asesoramiento financiero. Lo que escribe se queda en su dispositivo. Comprobado el 17 de octubre de 2026.En Chile, el artículo 32 del Código del Trabajo paga las horas extraordinarias con un recargo del 50% sobre el sueldo convenido. Para una jornada de 42 horas la Dirección del Trabajo divide el sueldo por 30, multiplica por 28 y divide por 168, y luego suma el 50%: con 800,000 pesos una hora extra vale 6,667 pesos, o el sueldo × 0.0083333.
Esta página se ha traducido automáticamente del original en inglés. Ninguna persona ha revisado todavía la traducción, así que la versión en inglés es la que debe consultar. Leer el original en inglés
2026 · Tarifas y normas leídas en las fuentes indicadas en esta página (la más antigua, el 17 de octubre de 2026); pueden haber cambiado desde entonces.
Escriba su sueldo mensual convenido y sus horas semanales (42 desde el 26 de abril de 2026).
Ingrese las horas extraordinarias trabajadas en el mes.
Deje activada la jornada completa para que el ingreso mínimo mensual sea el piso.
Lea la hora ordinaria, la hora extra con 50% de recargo y el pago de horas extras del mes.
Esta calculadora valora las horas extraordinarias de un trabajador con sueldo mensual en Chile, según el Código del Trabajo en la Biblioteca del Congreso Nacional y el método que publica la Dirección del Trabajo.
Qué es hora extra. El artículo 30 llama jornada extraordinaria a la que excede del máximo legal, o de la pactada si es menor. El artículo 31 permite como máximo dos horas extraordinarias por día, pactadas por escrito para necesidades temporales; las horas trabajadas en exceso con conocimiento del empleador cuentan como extraordinarias aunque no haya pacto escrito.
La jornada legal. La Ley 21.561 reduce la jornada ordinaria de 45 a 40 horas por etapas: 44 horas desde el 26 de abril de 2024, 42 horas desde el 26 de abril de 2026 y 40 horas desde el 26 de abril de 2028.
El recargo. El artículo 32 paga las horas extraordinarias con un 50% sobre el sueldo convenido para la jornada ordinaria. Si no hay sueldo convenido, o es inferior al ingreso mínimo mensual (553,553 pesos desde el 1 de mayo de 2026), el mínimo es la base.
La fórmula de la DT. La Dirección del Trabajo convierte el sueldo mensual en valor hora dividiéndolo por 30 (un día), multiplicando por 28 (cuatro semanas) y dividiendo por cuatro veces las horas semanales, 168 para 42 horas. La hora extra es ese valor × 1.5. Para 42 horas semanales equivale al sueldo × 0.0083333.
Un ejemplo. Las cifras de la propia Dirección: un sueldo de 800,000 pesos da una hora ordinaria de 4,444.44 y una hora extra de 6,666.67. Diez horas extras en el mes suman 66,667 pesos.
Descanso en lugar de pago. Por acuerdo escrito, las horas extras pueden cambiarse por hasta cinco días hábiles adicionales de feriado al año, que se usan dentro de seis meses.
No incluido. El mínimo proporcional de los contratos part time, las jornadas por ciclos y promedios, las horas extras con remuneración variable, y los impuestos y cotizaciones sobre el pago extra.
Todo funciona en su navegador; nada de lo que escribe se envía a ninguna parte.
Divida el sueldo mensual por 30, multiplique por 28 y divida por cuatro veces sus horas semanales para obtener la hora ordinaria; luego multiplique por 1.5. El artículo 32 del Código del Trabajo fija el recargo del 50% sobre el sueldo convenido; la Dirección del Trabajo publica la fórmula.
La Dirección del Trabajo indica 0.0083333: multiplicar el sueldo mensual por él da una hora extra. Equivale a 28 ÷ (30 × 168) × 1.5. Con 800,000 pesos la hora extra vale 6,666.67 pesos y la hora ordinaria 4,444.44 pesos.
El artículo 31 permite como máximo dos horas extraordinarias por día, y solo en faenas que no perjudiquen la salud del trabajador. El artículo 32 dice que se pactan por escrito para necesidades temporales por hasta tres meses, renovables, pero las horas trabajadas con conocimiento del empleador cuentan igual.
El artículo 32 dice que cuando no hay sueldo convenido, o es inferior al ingreso mínimo mensual, el ingreso mínimo es la base del recargo de las horas extras. Desde el 1 de mayo de 2026 el mínimo es 553,553 pesos, así que una hora extra con 42 horas vale al menos 4,613 pesos.
La Ley 21.561, publicada el 26 de abril de 2023, reduce la jornada por etapas: 44 horas al primer año, 42 horas al tercer año, desde el 26 de abril de 2026, y 40 horas al quinto año, desde el 26 de abril de 2028. Menos horas suben el valor hora del mismo sueldo.
Sí. Desde la Ley 21.561, el artículo 32 permite acordar por escrito compensar las horas extras con días adicionales de feriado, hasta cinco días hábiles al año, usados dentro de seis meses con aviso de 48 horas. Los días no solicitados a tiempo deben pagarse con la remuneración.
Los tipos y las normas cambian; consulte la fuente antes de fiarse de una cifra.
¿Sigue sin resolverlo? Pregunte sobre Calculadora de horas extras Chile y cualquiera que lo sepa puede responder. No se necesita cuenta.